lunes, 28 de septiembre de 2009

Divorcio

Según la Wikipedia, “El divorcio es una causa de disolución del matrimonio. En la mayoría de los países, el matrimonio es una unión entre dos o más personas con un reconocimiento social, cultural y jurídico, que tiene por fin proporcionar un marco de protección mutua o de protección de la descendencia. En ocasiones los cónyuges (o uno de ellos) pueden desear deshacer el vínculo matrimonial, lo cual se lleva a cabo, si en la legislación está permitido, a través de la figura del divorcio.”

En Uruguay el divorcio fue admitido por primera vez en 1907, pero era necesario el mutuo consentimiento de los cónyuges. En 1913 se consagró el divorcio por la sola voluntad de la mujer. Y en el 2004 hubo un record de divorcios, cuando por primera vez la cantidad de divorcios (14.300) superó la de matrimonios (12.225).

Recientemente, tuve que empaparme en el tema cuando me llegó la hora de divorciarme. Ahí me encontré con que hay distintos tipos de procesos para la obtención de la sentencia en virtud de la vía elegida por quién lo inicia.
A- Por sola voluntad de la mujer. Art 187.3 Código Civil.
B- Por mutuo consentimiento. Art 187.2 Código Civil.
C- Por casual Art 187.1 y Art 148 Código Civil.
D- Por conversión de separación de cuerpos en sentencia de divorcio Art 185 Código Civil.

En principio, me parecía que debíamos hacerlo por mutuo consentimiento. Descartando de lleno y categóricamente los causales A, C y D. Sentía que era la forma más justa de ponerle fin a nuestra relación. Admitiendo, que simplemente no funcionó. Bastantes lágrimas y sesiones de terapia habían llevado ya a admitirlo. No hubo detonantes, no se apareció con otra chica, no me aparecí con otro chico, no hubo gritos, no voló la vajilla por el cielo, no era difícil la vida en común, no me dijo nada, no le dije nada, no me levantó un dedo, no le levanté un dedo, no pasó nada. Una idea un poco romántica que se terminó apenas mi abogado me explico que no bastaba con nuestra voluntad /deseo de separarnos. Por más que estuviéramos de acuerdo. Es decir, no corría el presentarnos ante el Juez y decirle “Queremos divorciarnos”. Parece que por esta vía, el Juez Letrado insiste a lo largo de dieciocho meses aproximadamente en conciliar a la pareja. Cada seis meses cita a los cónyuges a una audiencia en la cual les dice “¿están seguros que quieren separarse?” y ambos deben manifestar que continúan en su propósito de divorciarse. Nos imaginaba sentados en su oficina, escuchando al señor diciendo: “Chicos, pero si se quieren. Vamos, inténtelo”. Entonces, se paraba dando por terminada la cesión, nos acompañaba a la puerta, palmeaba nuestras espaldas mientras le pedía a su secretaria que nos agendara una cita para dentro de seis meses para ver cómo nos fue. Ambos nos íbamos con el corazón en la mano, sabiendo que lo nuestro ya no funcionaba. Así una y otra vez, hasta que el señor considerara que no hay chances de conciliación y que el deseo de separarnos manifestado el día cero era real. Para colmo, si uno faltaba el día de la audiencia porque estaba enfermo o fuera del país, se daba por desistido el procedimiento y había que comenzar de nuevo.
Descartada esta posibilidad y asesorados por nuestros abogados, caímos en el causal “riñas y disputas”. Art 148.6 Código Civil, “Cuando hay entre los cónyuges riñas y disputas continuas, que hagan insoportable la vida en común”. En nuestro caso, una gran farsa pero era la vía más rápida y menos dolorosa de terminar con esto y proseguir con nuestras vidas. Una sola audiencia y el matrimonio estaría disuelto. Como no había nada qué discutir, nuestros abogados redactaron la carta en forma conjunta, una carta que sostenía lo insostenible que era vivir bajo el mismo techo. Firmó él en el estudio de su abogado, firmé yo en el estudio de mi abogado. Y nos quedamos esperando que nos citaran a una audiencia en la cual el Juez procedería a dictar sentencia tras escuchar a los testigos. La ley establece que para pronunciarse sobre riñas y disputas deben presentarse pruebas categóricas e inequívocas. En consecuencia los testigos deben declarar de forma fehaciente sobre las causas y /u origen de las disputas. En la mayoría de los casos, los testigos son amigos o familiares que se les pide que mientan para que el divorcio salga lo más rápido posible.
Le pedí a Valen y a Agus que me acompañaran ese día. Hacía cuatro años ellas habían sido testigos de nuestro matrimonio, ahora necesitaba que fueran testigos de la disolución. Previo a la audiencia, mi abogado les dio unos lineamientos como para que no se fueran del guión. Repasamos el objetivo, salir de allí divorciados. Las tres consentimos con la cabeza, aunque por momentos yo fantaseaba con otra posibilidad.
Hacía meses que ni las chicas ni yo veíamos a Nico. Creo que ellas desde la ruptura, y yo desde el bautismo del hijo de unos íntimos amigos que nos cruzamos. Era una noche de verano, todos estábamos en el jardín, él llego tarde con un peluche en la mano, saludo uno a uno, me abrazó y me fui.
Nos saludamos con un cálido abrazo y entramos a la sala sin decir nada. Él estaba junto a su abogado y sus dos amigos testigos, que por supuesto también habían sido testigos de nuestro casamiento. Supongo que, al igual que yo, quiso pasar este mal trago con sus seres queridos. Qué mejor que los amigos.
El Juez llamó a declarar a Valen. Subió al estrado y antes que le preguntara nada, empezó a hablar emocionada de lo buen tipo que era Nico, tan sensible y tan divertido, la linda pareja que formábamos, cuánto lo extrañaba, qué había sido una gran perdida para el grupo, que añoraba salir los cuatro los viernes y remató pidiéndonos qué no nos separáramos. Mi abogado, el abogado de Nico, Nico y yo, le hacíamos gestos desesperados de “tijerita” con los dedos para que la cortara y se callara, pero ella estaba totalmente compenetrada. Hasta que en un momento con cara de extrañada, nos miro y dijo “esto no lo tenía que decir, no?”.
Finalmente se calló y el Juez le preguntó si alguna vez nos había visto discutir.
En Uruguay el causal más habitual de divorcios es “riñas y disputas”.